LexTotal

Legislación › Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional.

Disposición transitoria primera. Adaptación de las transferencias de pequeña cuantía.

Disposición transitoria primera. Adaptación de las transferencias de pequeña cuantía.

Las transferencias de pequeña cuantía existentes con anterioridad a la presente Ley deberán adaptarse a lo previsto en su artículo 14 en el plazo de un año.

← Disposición adicional decimoquinta Índice Disposición transitoria segunda →