Legislación › Ley 11/2001, de 18 de junio, de Creación del Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de Aragón.
Artículo 2. Ámbito territorial.
Artículo 2. Ámbito territorial.
El Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de Aragón desarrollará su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.


