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Legislación › Ley 11/2001, de 18 de junio, de Creación del Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de Aragón.

Disposición adicional única. Censo de Terapeutas Ocupacionales.

Disposición adicional única. Censo de Terapeutas Ocupacionales.

El Gobierno de Aragón pondrá todos los medios necesarios para que el Censo de Terapeutas Ocupacionales ejercientes en Aragón goce de la máxima fiabilidad.

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