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Legislación › Ley 5/2001, de 10 de mayo, de Crédito Cooperativo.

Artículo 73. Estatutos.

Artículo 73. Estatutos.

Los Estatutos de la Federación Extremeña de Cooperativas de Crédito deberán ser aprobados por la Consejería de Economía, Industria y Comercio.

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