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Legislación › Ley 6/2001, de 24 de mayo, del Estatuto de los Consumidores de Extremadura.

Artículo 29. Infracciones por alteración, adulteración, fraude o engaño.

Artículo 29. Infracciones por alteración, adulteración, fraude o engaño.

(Derogado).

Se deroga por la disposición derogatoria única.c) de la Ley 8/2016, de 12 de diciembre. BOE-A-2017-226

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
15 de diciembre de 2016 En vigor BOE-A-2017-226 Leer Qué cambió
13 de julio de 2001 Texto original Leer

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