Legislación › Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas.
Disposición adicional primera. Lagos, lagunas y charcas inscritas en el Registro de la Propiedad.
Disposición adicional primera. Lagos, lagunas y charcas inscritas en el Registro de la Propiedad.
Los lagos, lagunas y charcas, sobre los que existan inscripciones expresas en el Registro de la Propiedad, conservarán el carácter dominical que ostentaren en el momento de entrar en vigor la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas.


