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Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas.
En vigor Ministerio de Medio Ambiente · Publicada el 24 de julio de 2001 · Último cambio el 28 de diciembre de 2023 · Ver en el BOE
Índice
- no 2 redacciones · cambió el 02/07/2002
- Preámbulo
- Artículo único.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final única.
- Firma
- TEXTO
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto de la Ley. 2 redacciones · cambió el 31/12/2003
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 2. Definición de dominio público hidráulico. 3 redacciones · cambió el 23/06/2005
- Artículo 3. Modificación de la fase atmosférica.
- CAPÍTULO II
- Artículo 4. Definición de cauce.
- Artículo 5. Cauces de dominio privado.
- Artículo 6. Definición de riberas.
- Artículo 7. Trabajos de protección en las márgenes.
- Artículo 8. Modificaciones de los cauces.
- CAPÍTULO III
- Artículo 9. Lecho o fondo de los lagos, lagunas y embalses superficiales.
- Artículo 10. Las charcas situadas en predios de propiedad privada.
- Artículo 11. Las zonas inundables.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 12. El dominio público de los acuíferos.
- CAPÍTULO V
- Artículo 13. De la desalación, concepto y requisitos. 3 redacciones · cambió el 14/12/2007
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 14. Principios rectores de la gestión en materia de aguas.
- Artículo 15. Derecho a la información.
- Artículo 16. Definición de cuenca hidrográfica. 2 redacciones · cambió el 31/12/2003
- Artículo 16 bis. Demarcación hidrográfica
- Artículo 17. Funciones del Estado en relación con el dominio público hidráulico.
- Artículo 18. Régimen jurídico básico aplicable a las Comunidades Autónomas.
- CAPÍTULO II
- Artículo 19. El Consejo Nacional del Agua. 2 redacciones · cambió el 14/12/2007
- Artículo 20. Materias sometidas a informe preceptivo del Consejo Nacional del Agua. 2 redacciones · cambió el 31/12/2003
- CAPÍTULO III
- SECCIÓN 1
- Artículo 21. Los organismos de cuenca.
- Artículo 22. Naturaleza y régimen jurídico de los organismos de cuenca.
- Artículo 23. Funciones.
- Artículo 24. Otras atribuciones.
- Artículo 25. Colaboración con las Comunidades Autónomas. 3 redacciones · cambió el 07/07/2011
- SECCIÓN 2
- Artículo 26. Órganos de Gobierno, Administración y Cooperación. 2 redacciones · cambió el 31/12/2003
- Artículo 27. Composición de la Junta de Gobierno.
- Artículo 28. Atribuciones de la Junta de Gobierno. 4 redacciones · cambió el 20/12/2012
- Artículo 29. Nombramiento de los Presidentes de organismos de cuenca.
- Artículo 30. Funciones del Presidente del Organismo. 4 redacciones · cambió el 31/12/2020
- Artículo 31. La Asamblea de Usuarios.
- Artículo 32. Las Juntas de Explotación.
- Artículo 33. La Comisión de Desembalse.
- Artículo 34. Las Juntas de Obras.
- Artículo 35. Consejo del Agua de la cuenca. 2 redacciones · cambió el 31/12/2003
- Artículo 36. Composición. 2 redacciones · cambió el 31/12/2003
- Artículo 36 bis. Comité de Autoridades Competentes.
- Artículo 36 ter. Notificación de autoridades competentes.
- SECCIÓN 3
- Artículo 37. Adscripción de bienes a los organismos de cuenca.
- Artículo 38. Patrimonio propio.
- Artículo 39. Ingresos del organismo
- TÍTULO III
- Artículo 40. Objetivos y criterios de la planificación hidrológica: 2 redacciones · cambió el 31/12/2003
- Artículo 40 bis. Definiciones.
- Artículo 41. Elaboración de los planes hidrológicos de cuenca. 4 redacciones · cambió el 23/05/2013
- Artículo 42. Contenido de los planes hidrológicos de cuenca. 3 redacciones · cambió el 23/06/2005
- Artículo 43. Previsiones de los planes hidrológicos de cuenca.
- Artículo 44. Declaración de utilidad pública.
- Artículo 45. Contenido del Plan Hidrológico Nacional.
- Artículo 46. Obras hidráulicas de interés general. 2 redacciones · cambió el 23/06/2005
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 47. Obligaciones de los predios inferiores.
- Artículo 48. Régimen jurídico de la servidumbre de acueducto.
- Artículo 49. Titularidad de los elementos de la servidumbre.
- CAPÍTULO II
- Artículo 50. Usos comunes.
- Artículo 51. Usos comunes especiales sujetos a declaración responsable. 2 redacciones · cambió el 23/12/2009
- Artículo 52. Formas de adquirir el derecho al uso privativo.
- Artículo 53. Extinción del derecho al uso privativo. 2 redacciones · cambió el 28/12/2023
- Artículo 54. Usos privativos por disposición legal.
- Artículo 55. Facultades del organismo de cuenca en relación con el aprovechamiento y control de los caudales concedidos. 5 redacciones · cambió el 15/09/2021
- Artículo 56. Masas de agua subterránea en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo o químico. 3 redacciones · cambió el 20/12/2012
- Artículo 57. Aprovechamientos mineros.
- Artículo 58. Situaciones excepcionales.
- CAPÍTULO III
- SECCIÓN 1
- Artículo 59. Concesión administrativa.
- Artículo 60. Orden de preferencia de usos. 2 redacciones · cambió el 28/12/2023
- Artículo 61. Condiciones generales de las concesiones.
- Artículo 62. Concesiones para riego en régimen de servicio público.
- Artículo 63. Transmisión de aprovechamientos.
- Artículo 64. Modificación de las características de la concesión.
- Artículo 65. Revisión de las concesiones.
- Artículo 66. Caducidad de las concesiones.
- SECCIÓN 2
- Artículo 67. Del contrato de cesión de derechos.
- Artículo 68. Formalización, autorización y registro del contrato de cesión. 2 redacciones · cambió el 28/12/2023
- Artículo 69. Objeto del contrato de cesión.
- Artículo 70. Instalaciones e infraestructuras hidráulicas necesarias.
- Artículo 71. Centros de intercambio de derechos.
- Artículo 72. Infraestructuras de conexión intercuencas. 2 redacciones · cambió el 11/12/2013
- SECCIÓN 3
- Artículo 73. Preferencia para el otorgamiento de autorizaciones de investigación de aguas subterráneas.
- Artículo 74. Autorizaciones para investigación de aguas subterráneas.
- Artículo 75. Determinación del lugar de emplazamiento de las instalaciones.
- Artículo 76. Afección a captaciones anteriores.
- SECCIÓN 4
- Artículo 77. Aprovechamiento de los cauces o bienes situados en ellos.
- Artículo 77 bis. Instalación de plantas fotovoltaicas flotantes en el dominio público hidráulico.
- Artículo 78. Navegación recreativa en embalses. 2 redacciones · cambió el 23/12/2009
- SECCIÓN 5
- Artículo 79. Procedimiento para otorgar concesiones y autorizaciones.
- SECCIÓN 6
- Artículo 80. Características del Registro de Aguas.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 81. Obligación de constituir comunidades de usuarios.
- Artículo 82. Naturaleza y régimen jurídico de las comunidades de usuarios.
- Artículo 83. Facultades de las comunidades de usuarios.
- Artículo 84. Órganos de las comunidades de usuarios.
- Artículo 85. Pervivencia de organizaciones tradicionales.
- Artículo 86. Titularidad de las obras que integran el aprovechamiento.
- Artículo 87. Comunidades de usuarios de unidades hidrogeológicas y de acuíferos.
- Artículo 88. Comunidades de aprovechamiento conjunto de aguas superficiales y subterráneas.
- Artículo 89. Requisitos para el abastecimiento a varias poblaciones.
- Artículo 90. Comunidades de usuarios de vertidos.
- Artículo 91. Otras comunidades de usuarios. Normas de aplicación.
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 92. Objetivos de la protección. 3 redacciones · cambió el 23/06/2005
- Artículo 92 bis. Objetivos medioambientales.
- Artículo 92 ter. Estados de las masas de agua.
- Artículo 92 quáter. Programas de medidas.
- Artículo 93. Concepto de contaminación. 2 redacciones · cambió el 31/12/2003
- Artículo 94. Policía de aguas. 2 redacciones · cambió el 23/06/2005
- Artículo 95. Apeo y deslinde de los cauces de dominio público.
- Artículo 96. Zona de servidumbre y policía en embalses superficiales, lagos y lagunas.
- Artículo 97. Actuaciones contaminantes prohibidas.
- Artículo 98. Limitaciones medioambientales a las autorizaciones y concesiones.
- Artículo 99. Protección de las aguas subterráneas frente a intrusiones de aguas salinas. 2 redacciones · cambió el 31/12/2003
- Artículo 99 bis. Registro de Zonas Protegidas 2 redacciones · cambió el 23/06/2005
- CAPÍTULO II
- SECCIÓN 1ª
- Artículo 100. Concepto. 3 redacciones · cambió el 12/05/2023
- Artículo 101. Autorización de vertido. 2 redacciones · cambió el 14/04/2007
- Artículo 102. Autorización de vertido en acuíferos y aguas subterráneas.
- Artículo 103. Limitaciones a las actuaciones industriales contaminantes.
- Artículo 104. Revisión de las autorizaciones de vertido.
- Artículo 105. Vertidos no autorizados. 2 redacciones · cambió el 02/07/2002
- Artículo 106. Suspensión de actividades que originan vertidos no autorizados.
- Artículo 107. Explotación de depuradoras por el Organismo de cuenca.
- Artículo 108. Empresas de vertido.
- SECCIÓN 2ª
- Artículo 108 bis. Principios generales.
- CAPÍTULO III
- Artículo 109. La reutilización de las aguas. 3 redacciones · cambió el 12/05/2023
- Artículo 109 bis. Régimen jurídico del uso de las aguas regeneradas.
- Artículo 109 ter. Régimen jurídico de la producción y suministro de aguas regeneradas.
- Artículo 109 quater. Control del cumplimiento de la autorización otorgada.
- Artículo 109 quinquies. Costes asociados a la reutilización de aguas.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 110. Ayudas del Estado para actividades que mejoren la calidad de las aguas.
- CAPÍTULO V
- Artículo 111. Concepto y características.
- TÍTULO VI
- Artículo 111 bis. Principios generales. 4 redacciones · cambió el 20/12/2012
- Artículo 112. Canon de utilización de los bienes del dominio público hidráulico. 2 redacciones · cambió el 30/03/2022
- Artículo 112 bis. Canon por utilización de las aguas continentales para la producción de energía eléctrica. 4 redacciones · cambió el 09/04/2022
- Artículo 113. Canon de control de vertidos. 8 redacciones · cambió el 12/05/2023
- Artículo 114. Canon de regulación y tarifa de utilización del agua. 5 redacciones · cambió el 12/05/2023
- Artículo 115. Naturaleza económico-administrativa de las liquidaciones.
- TÍTULO VII
- Artículo 116. Acciones constitutivas de infracción. 3 redacciones · cambió el 23/12/2009
- Artículo 117. Calificación de las infracciones. 4 redacciones · cambió el 20/12/2012
- Artículo 118. Indemnizaciones por daños y perjuicios al dominio público hidráulico.
- Artículo 119. Multas coercitivas.
- Artículo 120. Infracciones constitutivas de delito o falta.
- Artículo 121. Jurisdicción competente.
- Artículo 121 bis. Responsabilidad comunitaria. 2 redacciones · cambió el 29/06/2013
- TÍTULO VIII
- CAPÍTULO I
- Artículo 122. Concepto de obra hidráulica. 2 redacciones · cambió el 30/03/2022
- Artículo 123. Régimen jurídico de la obra hidráulica.
- Artículo 123 bis. Seguridad de presas y embalses.
- Artículo 124. Competencias para la ejecución, gestión y explotación de las obras hidráulicas públicas. 2 redacciones · cambió el 12/05/2023
- Artículo 125. Encomienda de gestión. Concesiones sin competencia de proyectos. 2 redacciones · cambió el 24/05/2003
- Artículo 126. Gastos de conservación y funcionamiento.
- Artículo 127. Prerrogativas de la obra hidráulica de interés general. 2 redacciones · cambió el 31/12/2003
- Artículo 128. Coordinación de competencias concurrentes.
- Artículo 129. Evaluación de impacto ambiental.
- Artículo 130. Declaración de utilidad pública y necesidad de ocupación.
- Artículo 131. Declaración de una obra hidráulica como de interés general.
- CAPÍTULO II
- Artículo 132. Régimen jurídico de las sociedades estatales. 3 redacciones · cambió el 23/06/2005
- CAPÍTULO III
- Artículo 133. Régimen jurídico. 2 redacciones · cambió el 24/05/2003
- Artículo 134. Plazos. 2 redacciones · cambió el 24/05/2003
- Artículo 135. Pliego de condiciones administrativas particulares. 2 redacciones · cambió el 24/05/2003
- Disposición adicional primera. Lagos, lagunas y charcas inscritas en el Registro de la Propiedad.
- Disposición adicional segunda. Administración hidráulica de las cuencas internas de una Comunidad Autónoma.
- Disposición adicional tercera. Estadísticas sobre la evolución de las aguas continentales. 2 redacciones · cambió el 31/12/2003
- Disposición adicional cuarta. Actuaciones a realizar por el Instituto Geológico y Minero de España.
- Disposición adicional quinta. Competencias de las Comunidades Autónomas en materia de ordenación del territorio.
- Disposición adicional sexta. Plazos en expedientes sobre dominio público hidráulico.
- Disposición adicional séptima. Acuíferos sobreexplotados. 3 redacciones · cambió el 20/12/2012
- Disposición adicional octava. Obras de mejora de infraestructura hidráulica del Delta del Ebro.
- Disposición adicional novena. Régimen aplicable a la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Disposición adicional décima. Vertidos a las aguas continentales de cuencas intercomunitarias.
- Disposición adicional undécima. Plazos para alcanzar los objetivos medioambientales.
- Disposición adicional duodécima. Plazos para la participación pública.
- Disposición adicional decimotercera. Regulaciones internacionales.
- Disposición adicional decimocuarta. Cesión de derechos y transformación de aprovechamientos por disposición legal en concesiones, en el ámbito del Alto Guadiana. 3 redacciones · cambió el 20/12/2012
- Disposición adicional decimoquinta. Referencias a los acuíferos sobreexplotados. 2 redacciones · cambió el 20/12/2012
- Disposición adicional decimosexta. Concesiones de agua para transición justa.
- Disposición adicional decimoséptima. Instalación de generación eléctrica solar fotovoltaica sobre canales u otras obras hidráulicas de titularidad de la Administración General del Estado o de los Organismos de cuenca.
- Disposición adicional decimoctava. Centrales Hidroeléctricas Reversibles con concesión a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía.
- Disposición transitoria primera. Titulares de derechos sobre aguas públicas derivados de la Ley de 13 de junio de 1879.
- Disposición transitoria segunda. Titulares de derechos sobre aguas privadas procedentes de manantiales, derivados de la Ley de 13 de junio de 1879.
- Disposición transitoria tercera. Titulares de derechos sobre aguas privadas procedentes de pozos o galerías, derivados de la Ley de 13 de junio de 1879.
- Disposición transitoria tercera bis. Disposiciones comunes a la aplicación del apartado tercero de las disposiciones transitorias segunda y tercera. 2 redacciones · cambió el 20/12/2012
- Disposición transitoria cuarta. Registro de los aprovechamientos de aguas calificadas como privadas por la Ley de 1879.
- Disposición transitoria quinta. Eficacia jurídica de los Planes Hidrológicos de cuenca.
- Disposición transitoria sexta. Revisión de características de aprovechamientos inscritos el Registro de Aguas Públicas.
- Disposición transitoria séptima. Actualización de valores a efectos del artículo 114 de esta Ley.
- Disposición transitoria octava. Canon de control de vertidos. 2 redacciones · cambió el 31/12/2002
- Disposición transitoria novena. Instalaciones de desalación de agua de mar y autorizaciones de vertido.
- Disposición transitoria décima. Transformación de derechos privados en concesionales. 2 redacciones · cambió el 20/12/2012
- Disposición transitoria undécima. Modificación del orden de prioridad de usos establecido por los planes hidrológicos de la demarcación del tercer ciclo de planificación hidrológica.
- Disposición final primera. Supletoriedad del Código Civil.
- Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final tercera. Vigencia de los estatutos y ordenanzas de las comunidades de usuarios.
- Disposición final cuarta.
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