Legislación › Real Decreto 3482/2000, de 29 de diciembre, por el que se regula la indemnización compensatoria en determinadas zonas desfavorecidas.
ANEXO II
ANEXO II
1. Módulos de base:
En relación con lo dispuesto en el artículo 5 se establecen los siguientes módulos:
|
Zona desfavorecida |
Euros por hectárea de superficie indemnizable (S.I.) |
|---|---|
|
Montaña (art.18) |
94 euros/ha. |
|
Despoblamiento (art.19) |
57 euros/ha. |
|
Dificultades especiales (art. 20) |
120 euros/ha. |
Al módulo de base se le aplican dos coeficientes correctores en función de:
Superficie indemnizable de la explotación (C1).
Base imponible general declarada por el titular de la explotación (C2).
Coeficiente C1
|
Superficie indemnizable en las explotaciones |
C1 Coeficiente aplicable |
|---|---|
|
Hasta 5 hectáreas |
1,00 |
|
Más de 5 y hasta 25 hectáreas |
0,75 |
|
Más de 25 y hasta 50 hectáreas |
0,50 |
|
Mas de 50 y hasta 100 hectáreas |
0,25 |
|
Mas de 100 hectáreas (se excluyen las superficies que excedan de 100 hectáreas) |
0,00 |
Coeficiente C2
|
Base imponible general declarada por el beneficiario |
C2 Coeficiente aplicable |
|---|---|
|
Menor del 50 por 100 de la renta de referencia |
1,20 |
|
Mayor del 50 por 100 de la renta de referencia |
1 |
2. Coeficientes reductores Ci aplicables a las superficies forrajeras.
|
|
Coeficiente Ci |
|---|---|
|
Hectáreas de pastos permanentes |
1,00 |
|
Hectáreas de pasto aprovechables por un periodo de dos a seis meses |
0,50 |
|
Hectáreas de barbecho rastrojera y erial a pastos |
0,15 |
3. Coeficientes reductores Cj aplicables a las Unidades Equivalentes de Cultivo (U.E.C.).
|
|
Coeficiente Cj |
|---|---|
|
Hectáreas de regadío |
1,00 |
|
Hectáreas de cultivo extensivo y plantaciones de secano |
0,50 |
|
Hectáreas de plantaciones no maderables, forestales y arbustivas |
0,30 |
4. Cálculo de la Superficie Indemnizable (S.I.)
Es el resultado de sumar a la superficie forrajera computable las unidades equivalentes de cultivo.
S.I. (en Ha.) = ∑ Si Ci + ∑ Sj Cj
Siendo:
S.I. = Superficie indemnizable en Ha.
Si = Superficie forrajera en Ha.
Ci = Coeficiente aplicable a las superficies forrajeras.
Sj = Superficie de cultivo en Ha.
Cj =Coeficiente aplicable a las superficies de cultivos.
5. Cálculo de las ayudas.
Las ayudas por explotaciones se calcularán como sigue:
Ayuda (euros) = [Superficie Indemnizable (Ha)] × [módulo base (euros/Ha) × Coeficientes aplicables al módulo base]
La cuantía de la indemnización compensatoria anual que puede percibir el titular de la explotación no podrá ser inferior a 300 euros.
Se modifica por el art. 1 y anexo I del Real Decreto 1203/2006, de 20 de octubre. BOE-A-2006-19351.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 9 de noviembre de 2006 En vigor | BOE-A-2006-19351 | Leer | Qué cambió |
| 20 de enero de 2001 | Texto original | Leer |


