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Legislación › Real Decreto 3482/2000, de 29 de diciembre, por el que se regula la indemnización compensatoria en determinadas zonas desfavorecidas.

ANEXO II

ANEXO II

1. Módulos de base:

En relación con lo dispuesto en el artículo 5 se establecen los siguientes módulos:

Zona desfavorecida

Euros por hectárea de superficie indemnizable (S.I.)

Montaña (art.18)

94 euros/ha.

Despoblamiento (art.19)

57 euros/ha.

Dificultades especiales (art. 20)

120 euros/ha.

Al módulo de base se le aplican dos coeficientes correctores en función de:

Superficie indemnizable de la explotación (C1).

Base imponible general declarada por el titular de la explotación (C2).

Coeficiente C1

Superficie indemnizable en las explotaciones

C1 Coeficiente aplicable
al módulo base

Hasta 5 hectáreas

1,00

Más de 5 y hasta 25 hectáreas

0,75

Más de 25 y hasta 50 hectáreas

0,50

Mas de 50 y hasta 100 hectáreas

0,25

Mas de 100 hectáreas (se excluyen las superficies que excedan de 100 hectáreas)

0,00

Coeficiente C2

Base imponible general declarada por el beneficiario

C2 Coeficiente aplicable
al módulo base

Menor del 50 por 100 de la renta de referencia

1,20

Mayor del 50 por 100 de la renta de referencia

1

2. Coeficientes reductores Ci aplicables a las superficies forrajeras.

 

Coeficiente Ci

Hectáreas de pastos permanentes

1,00

Hectáreas de pasto aprovechables por un periodo de dos a seis meses

0,50

Hectáreas de barbecho rastrojera y erial a pastos

0,15

3. Coeficientes reductores Cj aplicables a las Unidades Equivalentes de Cultivo (U.E.C.).

 

Coeficiente Cj

Hectáreas de regadío

1,00

Hectáreas de cultivo extensivo y plantaciones de secano

0,50

Hectáreas de plantaciones no maderables, forestales y arbustivas

0,30

4. Cálculo de la Superficie Indemnizable (S.I.)

Es el resultado de sumar a la superficie forrajera computable las unidades equivalentes de cultivo.

S.I. (en Ha.) = ∑ Si Ci + ∑ Sj Cj

Siendo:

S.I. = Superficie indemnizable en Ha.

Si = Superficie forrajera en Ha.

Ci = Coeficiente aplicable a las superficies forrajeras.

Sj = Superficie de cultivo en Ha.

Cj =Coeficiente aplicable a las superficies de cultivos.

5. Cálculo de las ayudas.

Las ayudas por explotaciones se calcularán como sigue:

Ayuda (euros) = [Superficie Indemnizable (Ha)] × [módulo base (euros/Ha) × Coeficientes aplicables al módulo base]

La cuantía de la indemnización compensatoria anual que puede percibir el titular de la explotación no podrá ser inferior a 300 euros.

Se modifica por el art. 1 y anexo I del Real Decreto 1203/2006, de 20 de octubre. BOE-A-2006-19351.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
9 de noviembre de 2006 En vigor BOE-A-2006-19351 Leer Qué cambió
20 de enero de 2001 Texto original Leer

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