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Legislación › Real Decreto 3482/2000, de 29 de diciembre, por el que se regula la indemnización compensatoria en determinadas zonas desfavorecidas.

ANEXO II

Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de enero de 2001 y la del 9 de noviembre de 2006. Tachado: lo que se quitó (30 palabras). Subrayado: lo que se añadió (19 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO II
1. Módulos de base:
En relación con lo dispuesto en el artículo 5 se establecen los siguientes módulos:
Zona desfavorecida
·
Euros por hectárea
de superficie
indemnizable (S.I.)
·
Montaña (art. 18) (art.18)
·
75 euros/Ha. 94 euros/ha.
·
Despoblamiento (art. 19) (art.19)
·
45 euros/Ha. 57 euros/ha.
·
Dificultades especiales (art. 20)
·
120 euros/Ha. euros/ha.
·
Al módulo de base se le aplican dos coeficientes correctores en función de:
Superficie indemnizable de la explotación (C1).
Base imponible general declarada por el titular de la explotación (C2).
Coeficiente C1
Superficie indemnizable en las explotaciones
·
C1: C1 Coeficiente aplicable
al módulo base
·
Hasta 5 hectáreas
·
1,00
·
Más de 5 y hasta 25 hectáreas
·
0,75
·
Más de 25 y hasta 50 hectáreas
·
0,50
·
Más Mas de 50 y hasta 100 hectáreas
·
0,25
·
Más Mas de 100 hectáreas (se excluyen las superficies que excedan de 100 hectáreas)
·
0,00
·
Coeficiente C2
Base imponible general declarada por el beneficiario
·
C2: C2 Coeficiente aplicable
al módulo base
·
Menor del 50 por 100 de la renta de referencia
·
1,20
·
Mayor del 50 por 100 de la renta de referencia
·
1
·
2. Coeficientes reductores Ci aplicables a las superficies forrajeras.
·
Coeficiente Ci
·
Hectáreas de pastos permanentes
·
1,00
·
Hectáreas de pasto aprovechables por un período periodo de dos a seis meses
·
0,50
·
Hectáreas de barbecho rastrojera y erial a pastos
·
0,15
·
3. Coeficientes reductores Cj aplicables a las Unidades Equivalentes de Cultivo (U.E.C.).
·
Coeficiente Cj
·
Hectáreas de regadío
·
1,00
·
Hectáreas de cultivo extensivo y plantaciones de secano
·
0,50
·
Hectáreas de plantaciones no maderables, forestales y arbustivas
·
0,30
·
4. Cálculo de la Superficie Indemnizable (S.I.). (S.I.)
Es el resultado de sumar a la superficie forrajera computable las unidades equivalentes de cultivo.
S.I. (en Ha.) = ΣSi ∑ Si Ci + ΣSj ∑ Sj Cj
Siendo:
S.I.
·
= Superficie Indemnizable indemnizable en Ha.
·
Si
·
= Superficie forrajera en Ha.
·
Ci
·
= Coeficiente aplicable a las superficies forrajeras.
·
Sj
·
= Superficie de cultivo en Ha.
·
Cj
·
= Coeficiente
=Coeficiente aplicable a las superficies de cultivos.
·

5. Cálculo de las ayudas.
Las ayudas por explotaciones se calcularán como sigue:
Ayuda (euros) = [Superficie Indemnizable (Ha)] × [módulo base (euros/Ha) × Coeficientes aplicables al módulo base]
La cuantía de la indemnización compensatoria anual que puede percibir el titular de la explotación no podrá ser inferior a 300 euros.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
9 de noviembre de 2006 En vigor BOE-A-2006-19351 Leer Qué cambió
20 de enero de 2001 Texto original Leer

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