LexTotal

Legislación › Real Decreto 783/2001, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre protección sanitaria contra radiaciones ionizantes.

Artículo 48. Normas de protección para personas en formación y estudiantes.

Artículo 48. Normas de protección para personas en formación y estudiantes.

1. Las condiciones de exposición y la protección operacional de las personas en formación y los estudiantes mayores de dieciocho años, mencionados en el apartado 1 del artículo 11, serán, según el caso, equivalentes a las de los trabajadores expuestos de categoría A o B, definidas en el artículo 20.

2. Las condiciones de exposición y la protección operacional de las personas en formación y los estudiantes con edades comprendidas entre dieciséis y dieciocho años, mencionados en el apartado 2 del artículo 11, serán equivalentes a las de los trabajadores expuestos de la categoría B, definida en el artículo 20.

← Artículo 47 Índice Artículo 49 →