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Legislación › Ley 5/2001, de 28 de junio, de Régimen Jurídico de las Concesiones en la isla de Ons.

Artículo 2. Declaración de utilidad pública e interés social.

Artículo 2. Declaración de utilidad pública e interés social.

A efectos expropiatorios y en orden a la protección de sus valores naturales y paisajísticos, se declaran de utilidad pública e interés social los bienes y derechos que se ostenten sobre las islas de Ons y Onza.

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