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Legislación › Real Decreto 948/2001, de 3 de agosto, sobre sistemas de indemnización de los inversores.

Artículo 22. Supervisión de la sociedad gestora.

Artículo 22. Supervisión de la sociedad gestora.

La sociedad gestora estará sujeta a la supervisión de la CNMV, según el régimen establecido en el título VIII de la Ley del Mercado de Valores.

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