Legislación › Real Decreto 948/2001, de 3 de agosto, sobre sistemas de indemnización de los inversores.
Artículo 22. Supervisión de la sociedad gestora.
Artículo 22. Supervisión de la sociedad gestora.
La sociedad gestora estará sujeta a la supervisión de la CNMV, según el régimen establecido en el título VIII de la Ley del Mercado de Valores.


