Legislación › Ley 8/2001, de 12 de julio, de Carreteras de Andalucía.
Disposición transitoria primera. De los procedimientos en trámite.
Disposición transitoria primera. De los procedimientos en trámite.
Los procedimientos administrativos en trámite en la fecha de entrada en vigor de la presente ley se continuarán tramitando de acuerdo con lo dispuesto en la misma, con excepción de los expedientes sancionadores, a los que será de aplicación la norma más favorable para los presuntos infractores.
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