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Legislación › Ley 6/2001, de 23 de julio, de Medidas Urgentes en Materia de Ordenación del Territorio y del Turismo de Canarias.

Disposición final primera. Elaboración de las Directrices de Ordenación General y del Turismo.

Disposición final primera. Elaboración de las Directrices de Ordenación General y del Turismo.

El Gobierno de Canarias deberá aprobar provisionalmente las directrices de ordenación general y del turismo antes del 30 de noviembre de 2002.

Se modifica por la disposición adicional 5 de la Ley 2/2002, de 27 de marzo. BOE-A-2002-7712

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
9 de abril de 2002 En vigor BOE-A-2002-7712 Leer Qué cambió
27 de julio de 2001 Texto original Leer

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