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Legislación › Ley 6/2001, de 23 de julio, de Medidas Urgentes en Materia de Ordenación del Territorio y del Turismo de Canarias.

Disposición final primera. Elaboración de las Directrices de Ordenación General y del Turismo.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 27 de julio de 2001 y la del 9 de abril de 2002. Tachado: lo que se quitó (19 palabras). Subrayado: lo que se añadió (9 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición final primera. Elaboración de las Directrices de Ordenación General y del Turismo.
El Gobierno de Canarias deberá aprobar provisionalmente las Directrices directrices de Ordenación General ordenación general y del Turismo en el plazo de un año a partir turismo antes del 30 de la entrada en vigor noviembre de la presente Ley. 2002.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
9 de abril de 2002 En vigor BOE-A-2002-7712 Leer Qué cambió
27 de julio de 2001 Texto original Leer

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