Legislación › Ley 7/2001, de 31 de julio, del Diputado del Común.
Artículo 48. Presentación de los informes.
Artículo 48. Presentación de los informes.
El Diputado del Común, previa comparecencia ante la comisión parlamentaria encargada de las relaciones con la Institución, expondrá oralmente ante el Pleno del Parlamento un resumen del informe anual, pudiendo a continuación intervenir los grupos parlamentarios de acuerdo con lo que establezca el Reglamento del Parlamento.


