Legislación › Real Decreto 945/2001, de 3 de agosto, sobre la gestión financiera de determinados fondos destinados al pago de las adquisiciones de material militar y servicios en el extranjero y Acuerdos internacionales suscritos por España en el ámbito de las competencias del Ministerio de Defensa.
Disposición final primera. Aplicación normativa supletoria.
Disposición final primera. Aplicación normativa supletoria.
Las normas establecidas por el Real Decreto 725/1989, de 16 de junio, serán de aplicación al anticipo de caja fija regulado en el presente Real Decreto en lo que no se opongan a las que en el mismo se dictan. De igual forma será aplicable lo establecido en el Real Decreto 640/1987, de 8 de mayo, en lo que no se oponga a lo específicamente regulado en el presente Real Decreto para los pagos a justificar.
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