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Real Decreto 945/2001, de 3 de agosto, sobre la gestión financiera de determinados fondos destinados al pago de las adquisiciones de material militar y servicios en el extranjero y Acuerdos internacionales suscritos por España en el ámbito de las competencias del Ministerio de Defensa.
En vigor Ministerio de la Presidencia · Publicada el 6 de septiembre de 2001 · Último cambio el 29 de enero de 2014 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Dependencia y funciones. 2 redacciones · cambió el 29/01/2014
- Artículo 2. Principios de actuación.
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. Objeto.
- Artículo 4. Naturaleza de los fondos.
- Artículo 5. Cuantía de los fondos.
- Artículo 6. Informes preceptivos.
- CAPÍTULO III
- Artículo 7. Fondos a justificar.
- Artículo 8. Fondos del anticipo de caja fija.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 9. Realización de los pagos.
- CAPÍTULO V
- Artículo 10. Realizados con fondos librados a justificar.
- Artículo 11. Realizados con fondos del anticipo de caja fija.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 12. Justificación de la inversión en acuerdos y contratos incluidos en el párrafo b) del apartado 3 del artículo 1 de este Real Decreto.
- Artículo 13. Justificación de la inversión en acuerdos y contratos incluidos en los párrafos a) y c) del apartado 3 del artículo 1 de este Real Decreto.
- Artículo 14. Agilidad en la tramitación.
- Artículo 15. Pagos por cuenta de Organismos autónomos.
- Disposición transitoria única. Contratos "Foreing Military Sales" (FMS) no finalizados.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Aplicación normativa supletoria.
- Disposición final segunda. Facultades de desarrollo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Firma


