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Legislación › Real Decreto 946/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del Real Patronato sobre Discapacidad.

Artículo 7. Funciones de la Presidencia del Consejo Rector.

Artículo 7. Funciones de la Presidencia del Consejo Rector.

Son funciones y atribuciones de la presidencia del Consejo Rector del Real Patronato sobre Discapacidad las siguientes:

a) Mantener informada a Su Majestad la Reina de las actividades del Real Patronato.

b) Designar las vocalías de carácter discrecional relacionadas en los párrafos 3.º a 9.º del artículo 5.3.

c) Ostentar la alta dirección y la representación del organismo.

d) Presidir el Consejo Rector, ordenando sus correspondientes convocatorias y fijando sus respectivos órdenes del día teniendo en cuenta las peticiones que formulen sus miembros.

e) Ejercer la máxima dirección del personal y los servicios del organismo.

f) Cualesquiera otras que le correspondan de acuerdo con la normativa vigente.

Se modifica por el art. 3.7 del Real Decreto 796/2025, de 9 de septiembre. BOE-A-2025-17928

Se modifica por el art. único.6 del Real Decreto 1/2013, de 11 de enero. BOE-A-2013-756.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
11 de septiembre de 2025 En vigor BOE-A-2025-17928 Leer Qué cambió
27 de enero de 2013 BOE-A-2013-756 Leer Qué cambió
6 de septiembre de 2001 Texto original Leer

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