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Legislación › Real Decreto 949/2001, de 3 de agosto, por el que se regula el acceso de terceros a las instalaciones gasistas y se establece un sistema económico integrado del sector de gas natural.

Artículo 3. Instalaciones incluidas en el régimen de acceso de terceros.

Artículo 3. Instalaciones incluidas en el régimen de acceso de terceros.

(Derogado)

Se deroga por la disposición derogatoria única del Real Decreto 984/2015, de 30 de octubre. BOE-A-2015-11725.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de noviembre de 2015 En vigor BOE-A-2015-11725 Leer Qué cambió
8 de septiembre de 2001 Texto original Leer

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