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Legislación › Ley 14/2001, de 29 de octubre, de atribución de competencias a los Consejos Insulares en materia de Servicios Sociales y Seguridad Social.

Disposición adicional cuarta. Gratuidad del «Boletín Oficial».

Disposición adicional cuarta. Gratuidad del «Boletín Oficial».

Será gratuita la publicación en el «Butlletí Oficial de les Illes Balears» de los anuncios, acuerdos y otros documentos exigidos por el ordenamiento jurídico, como consecuencia del ejercicio, por parte de los consejos insulares, de las competencias atribuidas por esta Ley.

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