Legislación › Ley 20/2000, de 29 de diciembre, de Creación del Instituto Catalán de las Industrias Culturales.
Artículo 2. Objeto.
Artículo 2. Objeto.
1. El Instituto Catalán de las Empresas Culturales tiene por objeto impulsar la creatividad artística y la producción, distribución y difusión de contenidos culturales, mediante el desarrollo de las empresas culturales, así como fomentar el consumo cultural y la ampliación de mercados para la cultura catalana.
2. A los efectos de la presente ley, se entiende por empresas culturales las personas físicas o jurídicas dedicadas a la actividad económica de los contenidos culturales en cualquier tipo de soporte, así como las dedicadas a la producción, distribución o comercialización de espectáculos en vivo.
Se modifica por el art. 54 de la Ley 11/2011, de 29 de diciembre. BOE-A-2012-548.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de diciembre de 2011 En vigor | BOE-A-2012-548 | Leer | Qué cambió |
| 1 de febrero de 2001 | Texto original | Leer |


