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Legislación › Ley 20/2000, de 29 de diciembre, de Creación del Instituto Catalán de las Industrias Culturales.

Artículo 8. Régimen financiero.

Artículo 8. Régimen financiero.

Los recursos económicos del Instituto Catalán de las Industrias Culturales están constituidos por:

a) Las dotaciones que se consignen en los presupuestos de la Generalidad de Cataluña.

b) Los rendimientos de los bienes que le sean adscritos y de los que adquiera en el ejercicio de sus funciones.

c) Los ingresos que obtenga por la prestación de sus servicios.

d) Las subvenciones, aportaciones y donaciones que le concedan las personas o entidades, públicas o privadas.

e) Los créditos y los préstamos que le sean concedidos.

f) Cualquier otro recurso que permita la Ley.

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