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Legislación › Ley 5/2001, de 19 de noviembre, de Museos de Cantabria.

Artículo 9. Principio de colaboración.

Artículo 9. Principio de colaboración.

La Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria colaborará con las Administraciones locales, así como con instituciones museísticas de otras Comunidades Autónomas, museos nacionales o extranjeros y asociaciones culturales en orden al fomento y mejora de la infraestructura museística autonómica y de sus fondos.

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