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Ley 5/2001, de 19 de noviembre, de Museos de Cantabria.

En vigor Comunidad Autónoma de Cantabria · Publicada el 18 de diciembre de 2001 · Último cambio el 29 de diciembre de 2017 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Ámbito de aplicación.
  4. Artículo 2. Museos y colecciones.
  5. Artículo 3. Funciones de los museos.
  6. Artículo 4. Museos de la Comunidad Autónoma.
  7. Artículo 5. Museos de titularidad estatal gestionados por la Comunidad Autónoma de Cantabria.
  8. Artículo 6. Otros museos de titularidad pública.
  9. Artículo 7. Creación y autorización de museos y colecciones.
  10. Artículo 8. Museos y colecciones de interés autonómico.
  11. Artículo 9. Principio de colaboración.
  12. CAPÍTULO II
  13. Artículo 10. Concepto.
  14. Artículo 11. Composición.
  15. Artículo 12. Funciones de la Comunidad Autónoma de Cantabria respecto a los museos y colecciones integrados en el Sistema de Museos.
  16. Artículo 13. Funciones de las entidades locales de Cantabria respecto a los museos y colecciones.
  17. Artículo 14. Efectos y obligaciones de la integración en el Sistema de Museos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
  18. Artículo 15. Registro de museos y colecciones.
  19. CAPÍTULO III
  20. Artículo 16. Deberes generales de los museos y colecciones.
  21. Artículo 17. Personal y dirección.
  22. Artículo 18. Régimen de visitas.
  23. Artículo 19. Financiación.
  24. CAPÍTULO IV
  25. Artículo 20. Naturaleza jurídica.
  26. Artículo 21. Libro de registro e inventario de fondos.
  27. Artículo 22. Salida de fondos.
  28. Artículo 23. Depósitos.
  29. Artículo 24. Depósito forzoso.
  30. Artículo 25. Derechos de tanteo y retracto.
  31. Artículo 26. Expropiación.
  32. Artículo 27. Reproducción.
  33. Artículo 28. Restauración.
  34. Artículo 29. Autorización de pago de deudas.
  35. CAPÍTULO V
  36. Artículo 30. Infracciones.
  37. Artículo 31. Sanciones y régimen aplicable.
  38. CAPÍTULO VI
  39. Artículo 32. La Comisión de Museos de Cantabria.
  40. Disposición adicional primera. Recuperación de bienes.
  41. Disposición adicional segunda. Fondos y colecciones religiosas.
  42. Disposición adicional tercera. Protección del patrimonio cultural.
  43. Disposición transitoria única. Adecuación de museos y colecciones.
  44. Disposición derogatoria única.
  45. Disposición final primera. Autorización de desarrollo reglamentario.
  46. Disposición final segunda. Entrada en vigor.
  47. [firma]