Legislación › Real Decreto 1378/2001, de 7 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Geólogos.
Artículo 39.
Artículo 39.
Todos los colegiados no suspendidos de tal derecho podrán asistir con voz y voto a las Asambleas Generales. Los colegiados que no puedan asistir a la Asamblea General podrán delegar su voto por escrito.


