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Legislación › Real Decreto 1378/2001, de 7 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Geólogos.

Artículo 40.

Artículo 40.

A fin de facilitar la asistencia a las Asambleas Generales del Presidente o de un miembro en representación de cada uno de los Consejos de Gobierno de las Delegaciones del Colegio, la Tesorería de cada Delegación abonará los gastos de viaje y estancia de su representante.

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