Legislación › Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
Artículo 7. Centros y estructuras.
Artículo 7. Centros y estructuras.
Las Universidades públicas estarán integradas por Escuelas, Facultades, Departamentos, Institutos Universitarios de Investigación, Escuelas de Doctorado y por aquellos otros centros o estructuras necesarios para el desempeño de sus funciones.
(Segundo párrafo anulado)
Se declara inconstitucional y nulo el segundo párrafo, en la redacción dada por el art. 6.1 del Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, por Sentencia del TC 26/2016, de 18 de febrero. BOE-A-2016-2907.
Se añade el segundo párrafo por el art. 6.1 del Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril. BOE-A-2012-5337.
Se modifica por la disposición final 3.1 de la Ley 14/2011, de 1 de junio. BOE-A-2011-9617.
Se modifica por el art. único.4 de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril. BOE-A-2007-7786
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 23 de marzo de 2016 En vigor | BOE-A-2016-2907 | Leer | Qué cambió |
| 22 de abril de 2012 | BOE-A-2012-5337 | Leer | Qué cambió |
| 2 de diciembre de 2011 | BOE-A-2011-9617 | Leer | Qué cambió |
| 3 de mayo de 2007 | BOE-A-2007-7786 | Leer | Qué cambió |
| 13 de enero de 2002 | Texto original | Leer |


