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Legislación › Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

Artículo 7. Centros y estructuras.

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Artículo 7. Centros y estructuras.
Las universidades Universidades públicas estarán integradas por Escuelas, Facultades, Departamentos, Institutos Universitarios de Investigación Investigación, Escuelas de Doctorado y por aquellos otros centros o estructuras necesarios para el desempeño de sus funciones.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de marzo de 2016 En vigor BOE-A-2016-2907 Leer Qué cambió
22 de abril de 2012 BOE-A-2012-5337 Leer Qué cambió
2 de diciembre de 2011 BOE-A-2011-9617 Leer Qué cambió
3 de mayo de 2007 BOE-A-2007-7786 Leer Qué cambió
13 de enero de 2002 Texto original Leer

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