Legislación › Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
Artículo 87. De la integración en el espacio europeo de enseñanza superior.
Artículo 87. De la integración en el espacio europeo de enseñanza superior.
En el ámbito de sus respectivas competencias el Gobierno, las Comunidades Autónomas y las universidades adoptarán las medidas necesarias para completar la plena integración del sistema español en el espacio europeo de enseñanza superior.
Se modifica por el art. único.81 de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril. BOE-A-2007-7786
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 3 de mayo de 2007 En vigor | BOE-A-2007-7786 | Leer | Qué cambió |
| 13 de enero de 2002 | Texto original | Leer |


