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Legislación › Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

Artículo 87. De la integración en el espacio europeo de enseñanza superior.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 13 de enero de 2002 y la del 3 de mayo de 2007. Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (2 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 87. De la integración en el espacio europeo de enseñanza superior.
En el ámbito de sus respectivas competencias el Gobierno, las Comunidades Autónomas y las Universidades universidades adoptarán las medidas necesarias para completar la plena integración del sistema español en el espacio europeo de enseñanza superior.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
3 de mayo de 2007 En vigor BOE-A-2007-7786 Leer Qué cambió
13 de enero de 2002 Texto original Leer

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