Legislación › Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República de Túnez, hecho en Túnez el 26 de febrero de 2001.
Artículo 16. Prestaciones económicas por enfermedad y maternidad.
Artículo 16. Prestaciones económicas por enfermedad y maternidad.
Las prestaciones económicas por enfermedad y maternidad serán concedidas por la Institución Competente según las condiciones y las modalidades previstas por la legislación aplicable de conformidad con las disposiciones del presente Convenio y estarán a cargo de la Institución Competente de la Parte cuya legislación es aplicable al trabajador.


