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Legislación › Ley Orgánica 7/2001, de 27 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA).

Disposición adicional segunda. Atribución a la Comunidad Autónoma de Canarias de competencias normativas en el Impuesto General Indirecto Canario.

Disposición adicional segunda. Atribución a la Comunidad Autónoma de Canarias de competencias normativas en el Impuesto General Indirecto Canario.

(Derogada)

Se deroga por la disposición derogatoria de la Ley Orgánica 3/2009, de 18 de diciembre. BOE-A-2009-20374.

Esta derogación tiene efectos desde el 1 de enero de 2009, según establece la disposición derogatoria.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
20 de diciembre de 2009 En vigor BOE-A-2009-20374 Leer Qué cambió
1 de enero de 2002 Texto original Leer

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