Legislación › Ley Orgánica 7/2001, de 27 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA).
Disposición adicional segunda. Atribución a la Comunidad Autónoma de Canarias de competencias normativas en el Impuesto General Indirecto Canario.
Disposición adicional segunda. Atribución a la Comunidad Autónoma de Canarias de competencias normativas en el Impuesto General Indirecto Canario.
(Derogada)
Se deroga por la disposición derogatoria de la Ley Orgánica 3/2009, de 18 de diciembre. BOE-A-2009-20374.
Esta derogación tiene efectos desde el 1 de enero de 2009, según establece la disposición derogatoria.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 20 de diciembre de 2009 En vigor | BOE-A-2009-20374 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2002 | Texto original | Leer |
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