Legislación › Ley 23/2001, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2002.
Artículo 17. Aplicación de Remanentes de Tesorería en el Presupuesto del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO).
Artículo 17. Aplicación de Remanentes de Tesorería en el Presupuesto del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO).
Los remanentes de tesorería a favor del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales, existentes en la Tesorería General de la Seguridad Social a 31 de diciembre de cada año, se destinarán a financiar el presupuesto de gastos del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales del primer ejercicio presupuestario que se elabore. Asimismo podrán ser utilizados para financiar posibles modificaciones en el ejercicio siguiente al en que se produzcan.


