Legislación › Real Decreto 3489/2000, de 29 de diciembre, por el que se regula la naturaleza, composición y funciones de las Comisiones Provinciales de Colaboración del Estado con las Corporaciones Locales.
Artículo 3. Dependencia.
Artículo 3. Dependencia.
Las Comisiones Provinciales de Colaboración del Estado con las Corporaciones Locales se integran orgánicamente en la Subdelegación del Gobierno respectiva, o Delegación del Gobierno, en el caso de Comunidades Autónomas uniprovinciales, y ejercerán sus funciones bajo la dirección y coordinación de la Comisión Nacional de Administración Local.


