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Legislación › Orden 376/2000, de 20 de diciembre, por la que se dictan normas sobre los sacerdotes y religiosos colaboradores del Servicio de Asistencia Religiosa en las Fuerzas Armadas.

Segundo.

Segundo.

Los sacerdotes colaboradores no serán, en ningún caso, miembros del Servicio de Asistencia Religiosa en las Fuerzas Armadas. No se les aplicarán las normas estatutarias específicas del personal adscrito a dicho Servicio, ni tendrán relaciones de carácter laboral con la Administración General del Estado, quedando adscritos al Arzobispado Castrense con vínculos exclusivamente canónicos y pastorales.

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