Legislación › Real Decreto 3428/2000, de 15 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Químicos y de su Consejo General.
Artículo 33. De los Delegados.
Artículo 33. De los Delegados.
Representarán al Colegio en sus demarcaciones y los Colegios fijarán en sus Estatutos particulares y Reglamentos sus funciones específicas.


