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Legislación › Real Decreto 3428/2000, de 15 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Químicos y de su Consejo General.

Artículo 33. De los Delegados.

Artículo 33. De los Delegados.

Representarán al Colegio en sus demarcaciones y los Colegios fijarán en sus Estatutos particulares y Reglamentos sus funciones específicas.

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