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Legislación › Ley Foral 12/2000, de 16 de noviembre, de Atención Farmacéutica.

Artículo 44. Medicamentos veterinarios.

Artículo 44. Medicamentos veterinarios.

Tendrán el tratamiento legal de medicamentos veterinarios, a efectos de la aplicación de la presente ley, todos aquellos reconocidos como tales en la legislación del Estado.

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