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Legislación › Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria.

Artículo 6. Potestad reglamentaria y gestión tributaria.

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Artículo 6. Potestad reglamentaria y gestión tributaria.
1. La potestad reglamentaria en materia tributaria corresponde al Gobierno de Navarra. Asimismo el Consejero de Economía y Hacienda Asimismo, la persona titular del departamento competente en materia tributaria ejercerá dicha potestad en ejecución y aplicación de normas legales y reglamentarias.
2. La gestión tributaria corresponde al Departamento de Economía y Hacienda, departamento competente en materia tributaria, que podrá delegarla en organismos públicos creados a tal fin.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2020 En vigor BOE-A-2020-450 Leer Qué cambió
1 de abril de 2001 Texto original Leer

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