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Legislación › Ley 10/2000, de 12 de diciembre, de residuos de la Comunidad Valenciana.

Artículo 36. Tramitación del proyecto de gestión.

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Artículo 36. Tramitación del proyecto de gestión.
1. Una vez redactado el proyecto de gestión de iniciativa privada y presentado ante la administración competente, ésta acordará su admisión a trámite y la fijación de la garantía provisional que deberán constituir los promotores de los proyectos.
2. La presentación de un proyecto de gestión de iniciativa pública o la admisión a trámite de un proyecto de iniciativa gestión privada dará lugar a la convocatoria de un concurso público, público por un plazo de quince 15 días, para la presentación de proyectos de gestión alternativos.
3. La publicación se realizará mediante sendos anuncios en uno de los diarios de información general de mayor circulación en la Comunidad Valenciana y en el «Boletín Oficial» de la provincia o, en su caso, en el «Diario Oficial de la Generalidad Valenciana». También será objeto de publicación en el «Diario Oficial de las Comunidades Europeas» cuando así se exija por razón de la cuantía.
4. Durante el plazo de quince días a que se refiere el punto anterior, quienes pretendan presentar un proyecto de gestión alternativo podrán solicitar una prórroga por el plazo de dos meses a contar desde la finalización del citado plazo de quince días, prórroga que se entenderá concedida de manera automática.
5. Transcurridos estos plazos se abrirán las plicas en acto público y se acordará su sometimiento a información pública, que se realizará en la forma establecida para la convocatoria del concurso, por el plazo de un mes.
6. La presentación de alternativas, tanto la inicial como las posteriores, se realizará en plica cerrada.
Las alternativas deberán incluir los contenidos establecidos en el artículo 34 de esta Ley y en el plan zonal que desarrollen.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
15 de junio de 2016 En vigor BOE-A-2016-90387 Leer Qué cambió
15 de marzo de 2001 Texto original Leer

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