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Ley 10/2000, de 12 de diciembre, de residuos de la Comunidad Valenciana.
Derogada o sin vigencia Comunidad Valenciana · Publicada el 5 de enero de 2001 · Último cambio el 1 de diciembre de 2022 · Ver en el BOE
Índice
- no 2 redacciones · cambió el 01/12/2022
- Preámbulo
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Objetivos.
- Artículo 3. Ámbito de aplicación.
- Artículo 4. Definiciones.
- CAPÍTULO II
- Artículo 5. Competencias locales.
- Artículo 6. Competencias municipales. 2 redacciones · cambió el 14/06/2016
- Artículo 7. Competencias de las Diputaciones.
- Artículo 8. Competencias de la Generalidad. 3 redacciones · cambió el 14/06/2016
- Artículo 9. Órganos competentes de la Generalitat. 2 redacciones · cambió el 27/12/2013
- Artículo 10. Entidad de Residuos.
- Artículo 11. Régimen jurídico de la Entidad de Residuos.
- Artículo 12. Funciones de la Entidad de Residuos.
- Artículo 13. Organización de la Entidad de Residuos.
- Artículo 14. Recursos de la Entidad de Residuos.
- Artículos 10 a 14.
- CAPÍTULO III
- Artículo 15. Principios generales.
- Artículo 16. De la prevención y reducción en la producción de residuos.
- Artículo 17. Valorización.
- Artículo 18. Eliminación. 2 redacciones · cambió el 27/12/2013
- Artículo 19. Información y concienciación.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 20. Recursos económicos.
- Artículo 21. Fondo Ambiental de Gestión de Residuos.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 22. De la planificación.
- Artículo 23. Objetivos de la planificación.
- CAPÍTULO II
- Artículo 24. Funciones y ámbito del Plan Integral de Residuos.
- Artículo 25. Determinaciones del Plan Integral de Residuos.
- Artículo 26. Documentación del Plan Integral de Residuos.
- Artículo 27. Procedimiento de aprobación del Plan Integral de Residuos.
- CAPÍTULO III
- Artículo 28. Función de los planes zonales de residuos.
- Artículo 29. Determinaciones de los planes zonales.
- Artículo 30. Documentación del plan zonal.
- Artículo 31. Procedimiento de aprobación del plan zonal.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 32. Planes locales de residuos. 2 redacciones · cambió el 30/12/2021
- CAPÍTULO V
- Artículo 33. Funciones del proyecto de gestión.
- Artículo 34. Contenido de los proyectos de gestión.
- Artículo 35. Elaboración y formulación de los proyectos de gestión.
- Artículo 36. Tramitación del proyecto de gestión. 2 redacciones · cambió el 14/06/2016
- Artículo 37. Aprobación y adjudicación del proyecto de gestión.
- Artículo 38. Régimen supletorio.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 39. Relación con el planeamiento urbanístico.
- Artículo 40. Obligatoriedad de los planes autonómicos de residuos.
- Artículo 41. Declaración de utilidad pública.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 42. Autorización administrativa para la producción de residuos.
- Artículo 43. Obligaciones derivadas de la producción y posesión de residuos.
- Artículo 44. Importador, adquirente intracomunitario, agente o intermediario.
- Artículo 45. Planes de prevención y reducción de residuos.
- Artículo 46. Creación del Registro de Productores de Residuos de la Comunidad Valenciana.
- CAPÍTULO II
- Artículo 47. Normas generales de la gestión de residuos.
- Artículo 48. Catálogo de Residuos de la Comunidad Valenciana.
- Artículo 49. Garantías.
- Artículo 50. Autorización de las operaciones de valorización y eliminación de los residuos.
- Artículo 51. Notificación de operaciones distintas a la valorización o eliminación de residuos.
- Artículo 52. Creación del Registro General de Gestores Autorizados de Residuos de la Comunidad Valenciana.
- CAPÍTULO III
- Artículo 53. Normas generales.
- Artículo 54. Ámbito de aplicación.
- Artículo 55. De la admisión de los residuos en las distintas clases de vertederos.
- Artículo 56. Residuos no admisibles en los vertederos.
- Artículo 57. Autorización de nuevos vertederos.
- Artículo 58. Costes del vertido de residuos.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 59. Transmisión de las autorizaciones de producción y gestión de residuos.
- CAPÍTULO V
- Artículo 60. Gestión de los residuos urbanos o municipales por las entidades locales.
- Artículo 61. Recogida selectiva.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 62. Actividades de gestión de residuos peligrosos.
- Artículo 63. Registro y medidas de seguridad.
- TÍTULO IV
- Artículo 64. De los suelos contaminados.
- Artículo 65. Declaración de suelo contaminado y obligados a la limpieza y recuperación.
- Artículo 66. Acuerdos voluntarios.
- Artículo 67. Actividades potencialmente contaminantes de los suelos.
- Artículo 68. Medidas provisionales.
- TÍTULO V
- Artículo 69. Facultad inspectora.
- Artículo 70. Costes de los servicios de inspección.
- Artículo 71. Responsabilidad administrativa.
- Artículo 72. Potestad sancionadora.
- Artículo 73. Tipificación de infracciones.
- Artículo 74. Prescripción de infracciones.
- Artículo 75. Sanciones.
- Artículo 76. Equiparación al beneficio.
- Artículo 77. Causas modificativas.
- Artículo 78. Obligación de reponer.
- Artículo 79. Multas coercitivas y ejecución subsidiaria.
- Artículo 80. Procedimiento y competencia sancionadora. 2 redacciones · cambió el 30/12/2017
- Artículo 81. Medidas provisionales.
- Artículo 82. Publicidad.
- Disposición adicional primera. Facultad de prohibir la entrada de residuos.
- Disposición adicional segunda. Condiciones de utilización de los residuos como fertilizante agrícola.
- Disposición adicional tercera. Vigencia del Plan Integral de Residuos de la Comunidad Valenciana.
- Disposición adicional cuarta. Plazo para la presentación de los planes de prevención y reducción de residuos.
- Disposición adicional quinta. Material bioestabilizado.
- Disposición adicional sexta. Sellado y mantenimiento postclausura de antiguos espacios degradados.
- Disposición adicional séptima.
- Disposición transitoria primera. Sometimiento a autorización de los titulares de actividades de gestión de residuos.
- Disposición transitoria segunda. Régimen de los vertederos existentes.
- Disposición transitoria tercera. Criterios de admisión de residuos en vertederos.
- Disposición transitoria cuarta. Régimen aplicable hasta la adaptación a la normativa básica estatal. 2 redacciones · cambió el 27/12/2013
- Disposición final primera. Habilitación reglamentaria.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma


