LexTotal

Legislación › Ley 10/2000, de 12 de diciembre, de residuos de la Comunidad Valenciana.

Artículo 38. Régimen supletorio.

Artículo 38. Régimen supletorio.

En lo no previsto en la presente Ley en relación con los proyectos de gestión, regirá la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas.

← Artículo 37 Índice Artículo 39 →