Legislación › Ley 7/2000, de 23 de noviembre, de Ordenación del Aprovechamiento de Pastos, Hierbas y Rastrojeras.
Disposición transitoria segunda.
Disposición transitoria segunda.
Hasta tanto en cuanto se aprueben las respectivas Ordenanzas de Pastos, Hierbas y Rastrojeras, las Comisiones Locales de Pastos acordarán las fechas y plazos de solicitud de pastos, así como los plazos de cobro y pago de los derechos económicos.
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