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Legislación › Real Decreto 219/2001, de 2 de marzo, sobre organización y funcionamiento del Consejo para el Fomento de la Economía Social.

no

Comparación entre la redacción en vigor desde el 5 de marzo de 2005 y la del 25 de septiembre de 2008. Tachado: lo que se quitó (18 palabras). Subrayado: lo que se añadió (63 palabras). Volver al texto en vigor

Las referencias hechas al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y a su titular, al Director General de Fomento de la Economía Social Social, del Trabajo Autónomo y del Fondo Social Europeo y al Subdirector General de Fomento y Desarrollo Empresarial y Registro de Entidades, se entienden efectuadas al Director Ministerio de Trabajo e Inmigración y a su titular de la Dirección General de la Economía Social, del Trabajo Autónomo y del Fondo de la Responsabilidad Social Europeo, según establece de las Empresas y de la disposición adicional única Subdirección General de la Economía Social, del Real Decreto 177/2005, Trabajo Autónomo y de 18 la Responsabilidad Social de febrero. BOE-A-2005-3599. las Empresas. BOE-A-2008-15407.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
25 de septiembre de 2008 En vigor BOE-A-2008-15407 Leer Qué cambió
5 de marzo de 2005 BOE-A-2005-3599 Leer

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