Legislación › Ley 3/2000, de 12 de julio, de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales de la Región de Murcia e Implantación del Canon de Saneamiento.
Disposición adicional séptima. Modificaciones del Consejo de Administración.
Disposición adicional séptima. Modificaciones del Consejo de Administración.
Queda autorizado el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para llevar a cabo las adaptaciones de la composición del Consejo de Administración de ESAMUR a las modificaciones que tengan lugar en la estructura administrativa de la Región de Murcia.
← Disposición adicional sexta Índice Disposición adicional octava →


