Legislación › Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado.
Artículo 51. El Patrón Mayor.
Artículo 51. El Patrón Mayor.
El Patrón Mayor será elegido por la Junta General, de entre sus miembros y ejercerá la función de dirección de la Cofradía de Pescadores, así como las que establezcan los Estatutos.


