Legislación › Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado.
Artículo 57. Registro General de la Flota Pesquera.
Artículo 57. Registro General de la Flota Pesquera.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única de la Ley 5/2023, de 17 de marzo. BOE-A-2023-7052
Se modifica por el art. único.11 de la Ley 33/2014, de 26 de diciembre. BOE-A-2014-13516.
Téngase en cuenta para su aplicación la disposición transitoria tercera de la citada Ley.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 19 de marzo de 2023 En vigor | BOE-A-2023-7052 | Leer | Qué cambió |
| 16 de enero de 2015 | BOE-A-2014-13516 | Leer | Qué cambió |
| 17 de abril de 2001 | Texto original | Leer |


