Legislación › Ley 1/2001, de 16 de marzo, reguladora de los Honores, Distinciones y Protocolo de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Artículo 17. Comunicación de la concesión.
Artículo 17. Comunicación de la concesión.
La concesión de cualquiera de los honores y distinciones previstos en esta Ley será comunicada personalmente a los interesados o familiares, en su caso, por el Presidente de la Comunidad Autónoma de La Rioja.


