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Legislación › Ley 1/2001, de 16 de marzo, reguladora de los Honores, Distinciones y Protocolo de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Artículo 17. Comunicación de la concesión.

Artículo 17. Comunicación de la concesión.

La concesión de cualquiera de los honores y distinciones previstos en esta Ley será comunicada personalmente a los interesados o familiares, en su caso, por el Presidente de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

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