Legislación › Ley 5/2000, de 28 de noviembre, de Relaciones con las Comunidades Aragonesas del Exterior.
Disposición transitoria única. Constitución del Consejo de las Comunidades Aragonesas en el exterior.
Disposición transitoria única. Constitución del Consejo de las Comunidades Aragonesas en el exterior.
En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente Ley, se constituirá formalmente el Consejo de las Comunidades Aragonesas en el exterior.
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