Legislación › Real Decreto 379/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de almacenamiento de productos químicos y sus instrucciones técnicas complementarias MIE APQ-1, MIE APQ-2, MIE APQ-3, MIE APQ-4, MIE APQ-5, MIE APQ-6 y MIE APQ-7.
Artículo 36. Generalidades.
Artículo 36. Generalidades.
La instalación eléctrica se ejecutará de acuerdo con las exigencias establecidas por el Reglamento electrotécnico para baja tensión, aprobado por el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, así como por sus instrucciones técnicas complementarias y, en particular, por la ITC-BT-29, “Prescripciones particulares para las instalaciones eléctricas de los locales con riesgo de incendio o explosión”, u otra reglamentación que ofrezca una seguridad equivalente.
Se modifica por el art. 3.7 del Real Decreto 105/2010, de 5 de febrero. BOE-A-2010-4510.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 18 de junio de 2010 En vigor | BOE-A-2010-4510 | Leer | Qué cambió |
| 10 de agosto de 2001 | Texto original | Leer |


